Calculadora de vacaciones y prima vacacional
Con la reforma de «vacaciones dignas» los días aumentaron. Pon tu fecha de ingreso y te decimos cuántos días te tocan y cuánto te deben pagar de prima vacacional.
Tabla de vacaciones por antigüedad
Desde el 1 de enero de 2023 rige la reforma al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2022). Estos son los días mínimos que te tocan por cada año cumplido:
| Años cumplidos | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
| 31 a 35 | 32 |
Antes de la reforma, el primer año eran solo 6 días. Si tu empresa te sigue dando la tabla vieja, está incumpliendo la ley.
¿Cuándo puedo tomarlas?
Las vacaciones se ganan al cumplir cada año de servicio y deben darse dentro de los seis meses siguientes (art. 81 LFT). La ley pide que por lo menos 12 días sean continuos, si así lo quieres tú; el resto se puede repartir como acuerdes con tu patrón (art. 78).
Lo que no se vale es cambiarlas por dinero mientras sigues trabajando (art. 79). La única excepción es cuando termina la relación laboral: entonces te pagan la parte proporcional en tu finiquito.
La prima vacacional
Además de pagarte tus días de vacaciones con tu salario normal, el patrón debe darte una prima de por lo menos 25% sobre lo que te toca por esos días (art. 80 LFT). Muchas empresas dan más (50% o 100%); si es tu caso, cámbialo en la calculadora.
La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 UMA al año (art. 93, fr. XIV, Ley del ISR). En 2026 eso son 15 × $117.31 = $1,759.65. Lo que pase de ahí paga impuesto.
Ejemplo. Ganas $12,000 al mes ($400 diarios) y cumpliste 4 años en la empresa.
Días de vacaciones: 18. Pago por esos días: 400 × 18 = $7,200 (es tu sueldo normal de esos días).
Prima vacacional: 7,200 × 25% = $1,800. De eso, $1,759.65 están exentos y $40.35 pagan ISR.
Cuando cumplas 5 años te van a tocar 20 días.
Dudas comunes
¿Cuentan los fines de semana?
No. Los días de vacaciones son días laborables: tus días de descanso semanal y los días festivos oficiales no se descuentan de tus vacaciones.
¿Y si trabajo medio tiempo o por honorarios?
Si trabajas medio tiempo con un patrón, tienes los mismos días; lo que cambia es el salario con el que se pagan. Si eres trabajador por temporada o discontinuo, te toca la parte proporcional a los días trabajados (art. 77). Por honorarios, si eres verdaderamente independiente, no aplica.
¿Las vacaciones que no tomé se pierden?
Tienes un año para reclamarlas desde que se vence el plazo para darlas (art. 516). En la práctica, lo mejor es pedirlas por escrito y guardar copia. Si te vas de la empresa, las que tengas pendientes se pagan en el finiquito.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me tocan en el primer año?
12 días, desde la reforma de 2023 al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo.
¿Cuánto es la prima vacacional?
Mínimo el 25% del salario que te corresponde por tus días de vacaciones (art. 80 LFT).
¿Me pueden pagar las vacaciones en lugar de dármelas?
No mientras sigas trabajando: el artículo 79 lo prohíbe. Solo se pagan en efectivo cuando termina la relación laboral.
¿Cuántos días de vacaciones tengo con 10 años de antigüedad?
22 días. Del año 6 al 10 son 22 días y suben a 24 del año 11 al 15.